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Seguridad privada en Guatemala
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Estudio sobre su control y regulación jurídica
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MINUGUA
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Artículo Disponible
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344.05 S456
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Biblioteca de Julia Esqui
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La seguridad constituye un pilar fundamental para la convivencia, por lo que su garantía es una actividad esencial para la existencia misma del Estado.
En un Estado de Derecho los sujetos responsables de la seguridad pública y particularmente de la seguridad ciudadana son los poderes públicos que han recibido constitucionalmente este mandato. Consecuentemente, se establece un conjunto de controles e intervenciones administrativas que condicionan o limitan el ejercicio de las actividades de seguridad por los particulares. El fundamento de la seguridad privada descansa en el derecho humano de toda persona a disfrutar y ejercer sus libertades y derechos con seguridad y por consiguiente adoptar dentro del marco legal las medidas que estime necesarias para su propia protección, la de su familia o su patrimonio. Asimismo, la seguridad privada abarca al conjunto de los planes, programas, organización, tecnología y recursos humanos orientados a la prevención o reducción del riego de daños sobre personas, bienes o actividades sociales, prevenientes de agentes humanos o materiales que pueden potencialmente amenazar a personas, entidades o empresas. El control de la Administración Pública sobre la presentación de servicios de seguridad por empresas privadas, se basa en el hecho de que los servicios que prestan forman parte del núcleo esencial de competencia exclusiva que en materia de seguridad pública tiene el Estado y que en definitiva, es a quien le corresponde garantizar el libre ejercicio de los derechos y libertades de los ciudadanos, así como la seguridad jurídica de las relaciones entre estos. Actualmente, resulta incuestionable la necesidad de regular y controlar eficazmente el elevado número de empresas del sector, toda vez que se trata de un medio de prevención del delito y contribuye pro tanto al mantenimiento de la seguridad pública. Los Acuerdos de paz, en particular, el Acuerdo sobre fortalecimiento del poder civil y función del Ejército en una sociedad democrática, establecen el compromiso de promover una ley que regule el funcionamiento y los alcances de las empresas de seguridad privada; que supere la ineficiencia y dispersión de las normas vigentes sobre la materia, así como los vacíos, lagunas y desfases propios de una legislación rebasada pro la rápida evolución del sector. Al publicar este estudio, MINUGUA quiere contribuir al mejor conocimiento de la problemática de la seguridad privada en Guatemala y aportar algunos elementos indispensables para la discusión de la reforma de este sector, según lo establecido en los Acuerdos de paz. |
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MINUGUA
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1
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2002
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153
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Guatemala
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Guatemala
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Español
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Priscila Barrientos
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Priscila Barrientos
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10/05/2023
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10/05/2023
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Elaborado por Editorial Digital, www.editorialdigital.net